Nuevo registro horario: Yolanda DÃaz dará 20 dÃas a las empresas para que se adapten
El nuevo registro horario para las empresas será una realidad
El Consejo de Ministros aprobó a finales de septiembre la tramitación urgente del proyecto de Real Decreto para el nuevo registro de jornada. Esta tramitación por la vÃa de urgencia implica que no se necesita la aprobación del Parlamento para aplicarse, ya que este registro tendrá rango reglamentario, de manera que no tendrá que someterse a votación.
El objetivo de del Ministerio de Trabajo es que la norma entre en vigor lo antes posible después del fracaso rotundo con el proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral, que incluÃa el control horario. La medida cayó estrepitosamente en el Congreso tras no conseguir la mayorÃa y, por tanto, el control horario establecido no pudo salir adelante.
Una vez quede aprobado y entre en el BoletÃn Oficial del Estado, Yolanda DÃaz ya ha adelantado que los plazos de aplicación para las empresas serán muy estrictos.
Trabajo dará 20 dÃas a las empresas para adaptarse
El Ministerio de Trabajo ha sacado a audiencia pública el proyecto del Real Decreto para el control del registro horario. Se trata de un proceso donde se esperan alegaciones por parte de las organizaciones de autónomos y las patronales, es decir, exigirán cambios. No obstante, una vez cerrado el texto definitivo, este tendrÃa que pasar por la revisión de diferentes órganos para decidir su aprobación, entre los que se encontrarÃa, como mÃnimo, el Consejo de Estado.
Una vez entre en vigor, las empresas estarán limitadas. Y es que tal y como ha avanzado el el Ministerio, las empresas solo dispondrán de 20 dÃas para adaptarse al nuevo registro horario una vez que se publique en el BOE, un plazo muy corto para una norma que prevé grandes sanciones.
Las medidas del nuevo control horario
El nuevo Real Decreto obliga a todas las empresas a implantar un sistema digital de registro horario, que deberá ser «objetivo, fiable y accesible». Cada trabajador deberá anotar el inicio y el final de su jornada, las pausas y cualquier interrupción, con hora y minuto exactos. El sistema distinguirá entre horas ordinarias, extraordinarias o complementarias, e incluirá un registro especÃfico para el teletrabajo.
Por su parte, los asientos deberán conservarse durante cuatro años y quedar disponibles en tiempo real para la Inspección de Trabajo y para los representantes sindicales. Cualquier modificación deberá ser indicada con la autorÃa del cambio, y las empresas deberán elaborar un protocolo interno que regule su uso y la evaluación periódica del sistema.
No obstante, el nuevo registro horario carece de una de sus medidas estrella. El reglamento no incluirá el incremento de las sanciones por incumplimientos en las horas trabajadas que sà contemplaba el proyecto de ley de la reducción de jornada.
Y es que el proyecto de ley contemplaba multas de hasta 10.000 euros por trabajador a las empresas que incumplieran con el registro horario. Una medida que no estará en el nuevo reglamento, siendo una de sus grandes limitaciones dado que no se necesita la aprobación del Congreso.
¿Cuándo quedará aprobado?
Tras la caÃda de la reducción de la jornada laboral, el Ministerio se puso manos a la obra y sacó a consulta pública el proyecto de Real Decreto para desarrollar el nuevo registro de jornada. Una vez cumplido todo el proceso, por el cual se han realizado las aportaciones pertinentes al proyecto para desarrollar el texto definitivo, este es enviado al Consejo de Ministros, donde es aprobado de manera directa sin necesidad de convalidación.
Por ello, una vez aprobado, el texto se dirigirá al BoletÃn Oficial del Estado (BOE) y será a partir de su publicación cuando entrará en vigor. No obstante, esto no implica que el plazo sea corto. La evaluación y elaboración jurÃdica debe pasar por el Consejo de Estado antes de la aprobación definitiva, alargando el proceso entre cuatro y seis meses, por lo que la medida empezarÃa a aplicarse en 2026.
«Nuestra idea es hacer que el registro horario pueda ser eficaz en pocos meses, lo que tarde, y que nos hagamos cargo de los elementos que dice no sólo el Estatuto de los Trabajadores sino la jurisprudencia europea, que dice que tiene que ser fiable, objetivo y accesible», aseguran desde el Ministerio.
Fuente LA RAZÓN
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